CANCELACIÓN DE CRÉDITOS FISCALES

En el sistema tributario mexicano, la cancelación de créditos fiscales representa un área de gran interés y, a veces, de confusión para contadores, abogados y empresarios. El artículo 146-A del Código Fiscal de la Federación juega un papel crucial aquí, otorgando a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) la facultad discrecional de cancelar créditos fiscales considerados incobrables, ya sea por incosteabilidad o insolvencia del deudor.

La cancelación de créditos fiscales no implica una exoneración del pago para el deudor; más bien, se trata de una medida de control interno para la administración fiscal que no extingue la obligación tributaria. Es un error común pensar que una vez cancelado el crédito fiscal, el deudor queda libre de su carga. La realidad es que la cancelación es solo un ajuste contable en los registros de la SHCP y no afecta la deuda subyacente del contribuyente.

La Tesis IX-J-SS-105 emitida por el Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, establece que no es procedente impugnar vía juicio contencioso administrativo la decisión de la SHCP de negar la cancelación de un crédito fiscal. Esto se debe a que tal decisión no produce un agravio directo al contribuyente, dado que no altera su situación jurídica ni libera de la deuda. La ley precisa que para que un acto sea impugnable debe generar un perjuicio o agravio real y definitivo, lo cual no ocurre en estos casos.

Consideremos el caso de una empresa que enfrenta dificultades financieras y cuyos créditos fiscales han sido declarados incosteables. Aunque la SHCP puede cancelar estos créditos en sus libros, la empresa sigue siendo responsable del pago. Si decide impugnar la negativa de cancelación, su recurso será considerado improcedente, ya que no existe agravio conforme a la interpretación legal.

Las empresas y sus asesores deben estar conscientes de que la gestión de los créditos fiscales requiere una comprensión clara de sus implicaciones legales. Es crucial:

  • Asesoría Profesional: Consultar regularmente con especialistas en derecho fiscal para entender las consecuencias de las cancelaciones de créditos fiscales y las mejores estrategias para manejarlas.
  • Preparación Documental: Mantener una documentación contable y legal meticulosa y detallada que respalde todas las transacciones y posiciones fiscales ante una posible revisión por parte de las autoridades.
  • Estrategias Proactivas: Considerar estructuras legales y fiscales que minimicen riesgos y optimicen la carga tributaria, especialmente en contextos de insolvencia o dificultades financieras.

La cancelación de créditos fiscales por incosteabilidad o insolvencia es un tema que requiere una comprensión de su naturaleza jurídica y fiscal. Aunque la cancelación en los libros de la SHCP no elimina la deuda, conocer y entender este proceso puede ayudar a los empresarios y sus asesores a manejar mejor sus obligaciones fiscales y evitar sorpresas desagradables en futuras auditorías fiscales. En última instancia, la preparación adecuada y la asesoría profesional no solo son recomendables, sino esenciales.

La tesis es consultable en: https://www.tfja.gob.mx/cesmdfa/sctj/tesis-pdf-detalle/47462/

Doctorante Michel Wabi Dorbecker.

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