Tutela Judicial y  la Queja en Materia Fiscal

Tutela Judicial y  la Queja en Materia Fiscal

El derecho de los contribuyentes a ser protegidos contra actuaciones indebidas de las autoridades fiscales siempre es un tema de interés para empresarios y profesionales del ámbito legal y contable. Sin embargo, no todos los procedimientos legales contemplan siempre las posibilidades de reclamación que quisiéramos. En este contexto, analizamos la reciente jurisprudencia de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que especifica los alcances del recurso de queja en materia contenciosa administrativa y su relación con el derecho de tutela judicial efectiva.

En el caso analizado, una empresa enfrentó la nulidad de dos créditos fiscales. Después de que la autoridad determinara nuevamente los créditos, la empresa intentó utilizar el recurso de queja, alegando que la nueva resolución fue notificada fuera del plazo legal, es decir, después de haber caducado las facultades de la autoridad para determinarlo. Sin embargo, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa negó la procedencia del recurso de queja en estos términos, lo cual generó la discusión sobre la constitucionalidad del artículo 58 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.

La Segunda Sala de la Suprema Corte resolvió que dicho artículo no vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva, aun cuando no contemple la procedencia del recurso de queja en situaciones en las que la autoridad, tras una nulidad «lisa y llana», vuelve a emitir resoluciones fuera del plazo permitido por ley. Esto es relevante para los contribuyentes, pues determina un parámetro limitante no expreso del recurso de queja y cuándo es aplicable.

En la práctica, cuando la autoridad remite una resolución después de una nulidad, pero fuera del plazo de caducidad, el problema no radica en un incumplimiento de la sentencia anulatoria, sino en un incumplimiento a la ley misma (facultades legales caducas). Por tanto, la impugnación de una nueva resolución no puede abordarse mediante el recurso de queja, ya que este solo se aplica cuando hay un incumplimiento de la sentencia. Los contribuyentes cuentan con otros medios de defensa, tales como el juicio contencioso administrativo (nuevamente), para cuestionar las actuaciones de la autoridad en estos casos.

Para los contribuyentes, esta decisión tiene una implicación práctica muy importante: si la autoridad fiscal emite una nueva resolución después de que sus facultades de fiscalización ya han caducado, lo correcto no es recurrir al recurso de queja, es necesario interponer nuevamente un juicio de nulidad en contra de la nueva determinación. Con ello, la jurisprudencia nos recuerda la importancia de contar con una buena estrategia legal para enfrentarse a las actuaciones de las autoridades fiscales, entendiendo cada uno de los recursos disponibles según corresponda.

Es esencial para los abogados litigantes y las empresas contribuyentes contar con una asesoría especializada que permita determinar, ante un nuevo acto fiscalizador de la autoridad, cual es el medio legal que se debe emplear para su defensa, la correcta preparación e identificación de la estrategia a seguir son claves para asegurar la protección de los derechos del contribuyente en un entorno complejo como el tributario.

La jurisprudencia analizada es consultable en https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2029427

Doctorante Michel Antonio Wabi Dorbecker.

“Los impuestos son los nervios del Estado” (Cicerón) y en este blog, el objetivo es mantenernos informados, para mantener al Estado nervioso.

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