¿Copias simples o certificadas?

En el juicio contencioso administrativo federal, la calidad y el valor probatorio de los documentos presentados como pruebas puede hacer la diferencia entre ganar o perder un litigio. El reciente criterio IX-CASR-NCIV-12 del Tribunal Federal de Justicia Administrativa se centra en un aspecto crucial: la competencia de la autoridad que certifica los documentos.

El Valor de la Competencia en la Certificación.

De acuerdo con el artículo 129 del Código Federal de Procedimientos Civiles, un documento público adquiere su carácter cuando es expedido por un funcionario público que tiene la facultad legal para hacerlo, y debe cumplir con ciertos requisitos como sellos y firmas que lo legitimen. Esto significa que la autoridad que expide o certifica un documento debe ser competente para ello, ya que la validez y eficacia probatoria plena del documento depende de la autoridad emisora.

En otras palabras, no basta con que un documento tenga la apariencia de estar formalmente expedido por una autoridad; si esta autoridad no está dentro de los límites de su competencia legal, el documento se convierte en una copia simple, sin valor probatorio pleno (solo indicio). Esto puede tener implicaciones serias en los juicios de nulidad, ya que las copias simples, a diferencia de las certificadas, tienen un valor probatorio limitado, quedando al arbitrio del juez la importancia que se les otorgue.

Consecuencias para los Litigantes.

Por tanto, una de las lecciones prácticas que esta jurisprudencia deja para abogados litigantes y asesores fiscales de las empresas que participan en estos litigios, es la necesidad de verificar que los documentos aportados como pruebas no solo cumplan con los requisitos formales —sello, firma, etc.—, sino que también sean emitidos por una autoridad que tenga competencia para hacerlo. De no ser así, los litigantes corren el riesgo de que las pruebas aportadas no se consideren suficientes para demostrar los hechos que sostienen sus argumentos.

Es fundamental que los litigantes y asesores sean cautelosos al preparar el cabal probatorio de sus casos. No basta con la presentación de pruebas en apariencia «certificadas», sino que se debe prestar especial atención a la competencia de la autoridad emisora. Una certificación incorrecta puede reducir considerablemente la fuerza del caudal probatorio y, por ende, afectar el resultado del litigio.

La verificación cuidadosa de la validez de los documentos probatorios y la consulta con expertos en derecho administrativo y fiscal son herramientas esenciales para asegurar que los casos se presenten de la manera más sólida posible. En el contexto del juicio contencioso administrativo, cada detalle cuenta, y asegurarse de que las pruebas aportadas tengan valor probatorio pleno es clave para una defensa exitosa.

La tesis es consultable https://www.tfja.gob.mx/cesmdfa/sctj/tesis-pdf-detalle/47575/

Doctorante Michel Wabi Dorbecker.

“Los impuestos son los nervios del Estado” (Cicerón) y en este blog, el objetivo es mantenernos informados, para mantener al Estado nervioso.

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